martes, 22 de junio de 2021

El subarrendamiento

 Usted tiene el derecho de subarrendar su apartamento con el consentimiento de su propietario. Usted debe presentar su solicitud al arrendador por escrito y proveer cualquier información requerida por ley. Si su arrendador niega su solicitud, debe ser una denegación razonable. En la mayoría de los casos, usted continuará siendo responsable bajo el contrato de arrendamiento por su renta y por cualquier daño causado por su subarrendatario.











martes, 15 de junio de 2021

Las cooperativas y los condominios

 Las cooperativas y los condominios tienen reglas diferentes a otros tipos de vivienda. Una cooperativa es una combinación de alquiler y propiedad de vivienda. Por ende, en una cooperativa usted tiene un contrato de arrendamiento y es dueño de acciones en la cooperativa que es propietaria del edificio.  Tener un interés en un condominio es más como ser dueño de una propiedad. Su unidad de condominio se considera un bien inmueble que le pertenece.



martes, 8 de junio de 2021

Las leyes de arrendamiento

 Las leyes de arrendamiento regulan el alquiler de propiedad residencial y comercial. La propiedad residencial es la propiedad en la que vive y forma su hogar. La propiedad comercial es donde tendría su negocio o empresa.


lunes, 10 de mayo de 2021

FUNCIÓN ECONÓMICA Y JURÍDICA

 El contrato de arrendamiento, como todos los contratos de derecho patrimonial, cumple con una doble función económica y jurídica.

La función económica consiste en proporcionar a una persona que no puede, que no quiere o no le conviene adquirir, la propiedad de una cosa, el uso o el goce de ésta. Desde ese particular punto de vista, el arrendamiento viene a ser un sustituto de la compraventa.

 Jurídicamente el arrendamiento satisface la función de poder trasmitir el uso o goce de las cosas y en este sentido viene a integrar el grupo de los contratos por los cuales se enajena o se trasmite el uso de las cosas. 


lunes, 3 de mayo de 2021

El arrendamiento según el código civil

 El Código Civil define así al arrendamiento: ‘‘Hay arrendamiento cuando las dos partes contratantes se obligan recíprocamente, una, a conceder el uso o goce temporal de una cosa, y la otra, a pagar por ese uso o goce un precio cierto’’ (artículo 2398).





lunes, 26 de abril de 2021

Articulo 284

 El artículo 2448-F del Código Civil Federal dictamina qué datos debe contener un contrato de arrendamiento. Tales como: nombres y datos de contacto de los interesados, dirección del inmueble, descripción de la propiedad y el monto mensual de renta, entre otros. Opción a compra para el arrendatario 





lunes, 19 de abril de 2021

El embargo en caso de falta de pago

 Específicamente el embargo de bienes, es aquel que un juez ordena después de un juicio mercantil. Existen muchas razones por las cuales puede proceder un embargo. Entre las más comunes son por la falta de pago de tarjetas de crédito o algún tipo de deuda bancaria o financiera.