martes, 31 de agosto de 2021

IFREM Instituto de la función registral del Estado de México.

 

¿Qué es?

Es un Organismo Público Descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto realizar la función registral en la entidad en términos de la Ley Registral, su Reglamento, el Código Civil, todos del Estado de México y los demás ordenamientos legales aplicables.

Para entender mejor el significado también es importante saber ¿Qué es la función registral?, esta  consiste en dar publicidad a los actos jurídicos que se inscriben en el registro, como contra presentación al pago de derechos que hagan los usuarios del servicio para conocer la situación jurídica de algún mueble inmueble o persona moral.

Tiene como propósito dar certeza, seguridad jurídica y publicidad a los actos relacionados con la propiedad inmobiliaria, que por disposición de ley deben inscribirse para producir efectos contra terceros.

Las funciones que tiene el IFREM son las siguientes:

·         Dirigir, coordinar, organizar, ejercer, vigilar y evaluar la función registral.

·         Realizar el registro de actos jurídicos de la propiedad.

·         Establecer y difundir normas, técnicas y procedimientos para la unificación y modernización del sistema registral.

·         Promover que la prestación de los trámites y servicios registrales se realice de manera oportuna, transparente, ágil y sencilla, impulsando reformas jurídicas y administrativas, así como incorporando tecnologías de la información.

·         Sistematizar y automatizar la información y el procedimiento registral, a fin de lograr mayor eficiencia y transparencia.

·         Elaborar estudios y proyectos para simplificar  y modernizar las gestiones registrales.

También brinda servicios en línea que son:

Incluso actualmente hay servicios que puedes pagar sin salir de tu casa estos son:

  • Certificación de Copias Literales de Asientos Registrales
  • Certificado de Existencia o Inexistencia de Gravámenes, Certificado de Inscripción
  • Certificado de No Inscripción, Certificado de No Propiedad y Secuencia Registral o Tracto Sucesivo

El fundamento legal, misión, visión, objetivo, definiciones, personal, procedimientos y todo lo referente al IFREM lo encuentras en:

·         Ley registral para el Estado de México.

·         Reglamento de la ley registral para el Estado de México.

·         Ley que crea el organismo público descentralizado denominado instituto de la función registral del Estado de México.







martes, 24 de agosto de 2021

Arrendamiento

 

¿QUE ES?

Se trata de un proceso especial y sumario, cuyo objeto es la recuperación por el propietario o arrendador de la entrega de la posesión de finca arrendada, además del pago de las rentas atrasadas o cantidades asimiladas a las mismas en su caso.  

TIPOS DE JUICIO

·         El juicio de desahucio por falta de pago de la renta o de las cantidades asimiladas a esta.

En el juicio de desahucio por falta de pago de la renta o de aquellas cantidades asimiladas, el dueño o arrendador puede:

ü  Solicitar al juzgado soló la recuperación de la vivienda o local de negocio, es decir, que le entreguen el inmueble.

ü  también puede junto con la recuperación de la finca, reclamar además el importe de las rentas y cantidades adeudadas.

·         El juicio de desahucio por terminación del contrato o por  precario

ü  Cuando se acude al juicio de desahucio porque ha terminado la duración del contrato o por precario, se le dará traslado de la demanda al demandado para que la conteste por escrito en el plazo de diez días, celebrándose la “vista del juicio” si las dos partes o una sola de ellas lo solicita.

Características

A) Los bienes sujetos de arrendamiento pueden ser corpóreos e incorpóreos.

B) Por lo que respecta a la voluntad de las partes, se trata de un contrato consensual.

C) Por el objeto del contrato, es de uso o goce.

D) Respecto a si es oneroso o gratuito, invariablemente es oneroso.

E) En cuanto al número de partes que intervienen en su formación, es un contrato bilateral.

F) Por lo que se refiere a la temporalidad, es un contrato temporal.

G) Es un contrato principal dada su propia finalidad.

H) Se trata de un contrato conmutativo, dado que las prestaciones son ciertas en el momento de su celebración.

I) Adquiere el carácter de formal en nuestro derecho cuando rebasa el monto señalado por la ley.

J) Es además un contrato de tracto sucesivo, y

K) Por la especie de bienes a los que se aplica puede ser: civil, mercantil, administrativo o agrícola.